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Flying Autokarabanak

Autokarabana alokairu zerbitzua


Baldintza eta Kondizioak

Oharra: puntu hauek erdaraz bakarrik ditugu.

1. Ámbito de aplicación, contenido del contrato, derecho aplicable

1.1 A efectos legales, ambas partes acuerdan el considerar como valido, únicamente, las Condiciones Generales recogidas en el presente Contrato.

1.2 El objeto del contrato formalizado con el Arrendatario es, exclusivamente, la entrega, en régimen de alquiler, de la autocaravana antes indicada.

1.3  El presente contrato de alquiler se regirá, exclusivamente, por el derecho español. El Arrendatario será el responsable de organizar su viaje y utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado.

1.4 Todos los acuerdos extraordinarios o  aclaraciones relacionadas con las clausulas del presente contrato, se deberán realizar por escrito.

1.5 El Arrendatario, de forma individual o mancomunada, es el responsable de cualquier actuación.

2. Edad mínima, conductores autorizados

2.1 El Arrendatario y cada uno de los conductores admitidos, deberán tener como mínimo 25 años y/o con una antigüedad de permiso de conducir, clase B, mínima de dos años. En caso de no ser residente en la UE deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional.

Para poder entregar la autocaravana, es absolutamente necesario que el Arrendatario y/o el/los conductor/es presenten el carné de conducir y el pasaporte/documento nacional de identidad vigente y en curso. En caso de que la entrega se demore por no presentar estos documentos, dicho retraso deberá ser asumido por el Arrendatario. Si la mencionada documentación no se puede presentar en el momento acordado para hacer la entrega o en un plazo razonable, el Arrendador estará autorizado a anular el contrato, aplicándose para ello, las condiciones de cancelación establecidas en la claúsula 4.2

2.2 Tan solo podrán conducir el vehículo, el Arrendatario y aquellos  conductores adicionales que hayan sido registrados y aceptados por el Arrendador.

3. Precios de alquiler, su cálculo y duración del alquiler

3.1 Los precios del alquiler se aplican, según la temporada (alta, media o baja) y de la duración del mismo, y están indicados, en la lista de precios vigente del Arrendador y en su Web, en el momento de formalizarse el contrato.

3.2 El alquiler mínimo, es de tres días en temporada baja y media y de 7 días en temporada alta.

3.3 Los correspondientes precios de alquiler incluyen: IVA, kilometraje ilimitado para alquileres de más de tres días y seguro a todo riesgo, de acuerdo a los términos generales y particulares del mismo.

3.4 El período de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana  por parte del Arrendatario  Y finaliza,  con la recogida del vehículo, por parte de los empleados del Arrendador.

3.5 Si se devuelve la autocaravana una vez superado el tiempo acordado en el contrato, el Arrendador, se reserva el derecho a cobrar por cada hora de retraso 30€. No obstante, por cada día de retraso, el precio máximo aplicable, será el correspondiente al triple del importe fijado para una jornada, en el contrato suscrito entre ambas partes. Así mismo, el Arrendatario asumirá los gastos derivados del hecho de que un segundo Arrendatario, salga perjudicado por dicho retraso y  haga valer sus derechos frente al Arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al Arrendatario.

Si la demora viene justificada según el Arrendatario,  por un motivo de fuerza mayor, este deberá comunicárselo inmediatamente al Arrendador para que, si procede,  este la acepte. En caso contrario, se considerará retraso no autorizado

3.6 En caso de devolver el vehículo antes de que transcurra el período de alquiler contratado, se deberá igualmente pagar el precio íntegro de alquiler acordado contractualmente, como si hubiera utilizado el periodo pactado y recogido en este Contrato.

3.7 La autocaravana se entrega con el depósito de combustible lleno y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará 2,30 € por cada litro de combustible diesel a complementar.

3.8 El Arrendatario correrá con los gastos de carburante mientras dure el período de alquiler de la autocaravana. 

3.9 Devolver y/o recoger el vehículo en un punto diferente al de la Base del Arrendador,  deberá constar en la clausula 3.4 del presente contrato y su coste, se incrementará, al precio de alquiler establecido, para una recepción y entrega del vehículo,  en la Base del Arrendador.

4. Reservas

4.1 Las reservas sólo serán vinculantes tras la confirmación del Arrendador, según los términos recogidos en la clausula  4.2 y exclusivamente para grupos de vehículos de capacidades iguales y  no para modelos de vehículos. Esto también será válido cuando en la descripción del grupo de vehículos se indique a modo de ejemplo un modelo concreto. El Arrendador se reserva el derecho de transferir el vehículo reservado por el Arrendatario a uno de una gama igual o superior. En el caso de entregar un vehículo de gama inferior el Arrendador deberá abonar la diferencia al Arrendatario, tras la aceptación de este.

4.2. Cuando el  Arrendador haya entregado por escrito la confirmación de la reserva, el Arrendatario deberá pagar un depósito del 30 % del importe total del alquiler en un período máximo de cinco (5) días. A partir de este momento la reserva será vinculante para ambas partes. En caso de que el Arrendatario no cumpla con este plazo, la reserva dejará de ser vinculante para el Arrendador.

 En caso de que el Arrendatario rescinda la reserva vinculante, deberá pagar las siguientes tasas de anulación calculadas a partir de la primera reserva confirmada:

–  hasta 30 días antes del inicio del alquiler, 50% del precio del alquiler

–  hasta 15 días antes del inicio del alquiler, 80% del precio del alquiler

– el mismo día del alquiler o en caso de no recoger el vehículo, 95% del precio del alquiler.

Toda cancelación de reserva, se deberá recoger por escrito y recibir la aceptación por parte del Arrendador, en los términos establecidos anteriormente.

5. Condiciones de pago, fianza

5.1 El precio de alquiler previsto en función de las fechas de reserva se deberá ingresar en la cuenta que el Arrendador facilitará al Arrendatario, a más tardar hasta 15 días antes del inicio del alquiler. En caso de contratar el seguro de cancelación de viaje, el 70% restante de la reserva se podrá pagar el mismo día de la salida.

5.2 A más tardar, en el momento de la recogida del vehículo, el Arrendatario deberá abonar, en concepto de fianza, la cantidad de 700 €, mediante tarjeta de crédito (Visa o MasterCard) y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones de este contrato.

5.3 En caso de reservas a corto plazo (menos de 15 días antes de la fecha de inicio del alquiler), la fianza y el precio del alquiler se abonaran en el momento de la contratación.  

5.4 La fianza será devuelta después de ser examinado el vehículo por un responsable de la empresa Arrendadora en un plazo máximo de 7 días laborables, el cual en caso de desperfectos por mal uso dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el Arrendatario el pago de la diferencia si el coste de los desperfectos supera el valor de la fianza depositada. En caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el Arrendador dispondrá de 30 días laborables para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos. En caso de un siniestro, también se deducirá de la fianza el importe de la franquicia del seguro a todo riesgo

5.5 El Arrendatario se compromete expresamente a pagar al Arrendador:

  1. En el momento de la devolución del vehículo, el importe del kilometraje extra (por superar el kilometraje incluido en el alquiler). El Kilometraje extra se cobrará a 0.25 €/litro.
  2. Los cargos adicionales que se originen si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad, sin la autorización del Arrendador.
  3. El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase, que sean dirigidas contra el vehículo, el Arrendatario o Arrendador.
  4. En el supuesto de que por culpa del Arrendatario fuese el vehículo retenido o embargado, todos los gastos serán a su cargo, incluido el lucro cesante de la empresa Arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.
  5. Gastos incurridos por el Arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el Arrendatario en virtud del presente contrato.
  6. El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia de 700€, que no  incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes. En caso de accidente o robo, el Arrendatario se hará cargo del importe de hasta 700€ por el siniestro
  7. Cuando el importe a abonar sea superior a la fianza ya sea por desperfectos o cuando exista más de un siniestro el cargo se hará directamente mediante la tarjeta de crédito autorizada por el importe total que ascienda.

5.6 Si el Arrendatario se retrasa en los pagos, se aplicarán intereses por demora de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

6. Entrega y devolución del vehículo

6.1 Antes de iniciar el viaje, el Arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico del Arrendador en el punto de entrega. Asimismo se elaborará un acta de entrega (check-in) en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El Arrendatario se podrá negar a recepcionar el vehículo, hasta que no se haya realizado la instrucción del vehículo. 

6.2 Al devolver el vehículo, el Arrendatario está obligado a realizar una revisión final de la autocaravana junto con los empleados del punto de alquiler. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del Arrendatario. 

6.3 Si el Arrendatario desea prolongar el arrendamiento, deberá solicitarlo al Arrendador con un mínimo de tres días de antelación a la finalización del contrato. La eventual confirmación de la prórroga estará sujeta a las disponibilidades que en este momento tenga el Arrendador, no asumiendo por tanto esté último ningún compromiso previo alguno.

6.4 Cualquier alteración de las fechas de alquiler, deberá ser previamente autorizada por el Arrendador. El incumplimiento de esta condición faculta al Arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El Arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo, en cualquier momento durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mismo.

6.5 En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el Arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, por entrega de las llaves por buzón o por  no-disponibilidad y se aprecien daños en el vehículo, el Arrendatario aceptará la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal del Arrendador.

6.6 El vehículo se devolverá limpio por dentro y con los depósitos de aguas residuales y del WC vacíos. En caso contrario se cobrará un suplemento de  150€ en concepto de limpieza interior, 50€ por el vaciado del depósito de aguas residuales y 50€ por la limpieza del depósito del WC.

 6.7 El hecho de llenar el depósito de agua potable con diesel u otro combustible, o el depósito de diesel con agua u otro producto o combustible, implicará una penalización de  1000 €.

6.8. La pérdida de llaves por parte del Arrendatario conlleva el pago de 220 €, independientemente de otros gastos que sean originados como consecuencia de dicho motivo. Dicho importe, en su caso, será deducido de la fianza.

6.9. La pérdida de documentación por parte del Arrendatario conlleva el pago de 200€, que serán descontados de la fianza
.

6.10. Está autorizado el uso del vehículo en compañía de una mascota, siempre y cuando esta, viaje en las condiciones de seguridad exigidas por la ley. Del mismo modo, el Arrendatario es el responsable de cualquier desperfecto que este pudiera ocasionar. Queda totalmente prohibido, dejar al animal solo o sin la supervisión de un adulto en el vehículo.

7. Usos prohibidos, obligaciones de mantenimiento y protección

7.1 El Arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Asimismo se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:

  1. No permitir, que la autocaravana sea conducida por otras personas diferentes al Arrendatario o las que expresamente hayan sido previamente autorizadas por el Arrendador.
  2. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo. 
  3. No realquilar o transportar personas con fines comerciales y cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
  4. No trasportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables, ni utilizarla para cualquier fin ilegal, según la legislatura vigente.
  5. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo, ni vender, hipotecar o transferir este contrato y la autocaravana en su totalidad, o parte de su equipo o accesorios.
  6. No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos
  7. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga o enfermedad
  8. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo
  9. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
  10. No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
  11. No circular fuera de los siguientes países, sin la autorización expresa del arrendador: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Croacia, Rep. Checa, Chipre, Dinamarca, Estonia, Rep. Eslovaca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.
  12. Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.
  13. Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice.
  14. Queda expresamente prohibido, al Arrendatario, variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del Arrendador. En caso de infracción de este artículo, el Arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.
  15. El Arrendador hará entrega de la ficha técnica del vehículo donde se especificarán las características del vehículo, ejemplo; peso máximo autorizado, dimensiones, etc. El Arrendatario ha leído y tendrá presente esta información con el fin de evitar daños y accidentes. El Arrendatario únicamente puede cargar en el vehículo hasta un máximo de 3500 kg en total, incluyendo el propio vehículo, a los pasajeros, maletas y demás elementos que carguen. De lo contrario estarán excediendo el límite autorizado para circular, exponiendo el vehículo a sobre peso, con los daños que puede ocasionar, aumento del riesgo de accidentes y posibilidad de pérdida de cobertura de seguro. Las sanciones por exceso de peso o uso indebido de la autocaravana, serán a cargo del Arrendatario.
  16. Esta totalmente prohibido fumar dentro de la autocaravana, si el Arrendador comprueba que se ha fumado, está autorizado a considerarlo como desperfecto, asumiendo el arrendatario el coste de desodorización, limpieza y en caso de no poder entregar el vehículo al siguiente Arrendatario, los costes de indemnización por reserva.

7.2 El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El Arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana de alquiler está en perfecta condiciones para circular con seguridad. Cualquier mal funcionamiento, detectado, en el uso del vehículo, debe ser comunicado inmediatamente al Arrendador.

Cualquier costo generado por un desgaste anormal, o avería, generada por un mal uso del vehículo, será cargado y abonado por el Arrendatario.

7.3 El vehículo va provisto, de dos bombonas de gas propano, una instalada en uso y otra de repuesto. A la entrega de la autocaravana, esta se podrá entregar con las bombonas en su posición de consumo realizado. Si durante el periodo de alquiler de la autocaravana, se consumiesen ambas bombonas, su reposición será a cargo del Arrendador.

7.5 En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apartados, 7.1., 7.2. y 7.3, el Arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.

8. Comportamiento a seguir en caso de accidente

8.1 En caso de accidente, robo, incendio o daños causados por terceros, el Arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía y al Arrendador llamando al número de teléfono del centro de alquiler, a más tardar el día laboral siguiente al día del accidente. No se admitirán las pretensiones contrarias.

8.2 Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El Arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria y de los testigos, de acuerdo a lo recogido en el Anexo VI, que junto con los detalles del accidente remitirá en el plazo indicado al Arrendador. Debe notificar inmediatamente al Arrendador y a las autoridades del accidente.  El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al Arrendador.

 8.3 En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al Arrendador, junto con las llaves del vehículo, en un plazo máximo de 24 horas; ya que quedaría sin efecto, en caso contrario, los seguros y coberturas contratadas.

8.4 Incluso si se generan daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el Arrendatario deberá redactar para el Arrendador un informe por escrito junto con un boceto. Si el Arrendatario no elabora el informe, e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el Arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.

8.5 No abandonar el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo. Contactar en caso de ser necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora

8.6 En caso de incumplimiento por el Arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el Arrendador podrá reclamar al Arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de este, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.

8.7 Si el Arrendador considera que debido a un siniestro o desperfecto se pueden ocasionar daños secundarios como humedades u otros desperfectos se reserva el derecho de la devolución inmediata de la autocaravana, sin compensación de los días no disfrutados.

9. Defectos de la autocaravana

9.1 Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del Arrendatario por defectos no imputables al arrendador. 

9.2 Al devolver el vehículo, el Arrendatario podrá indicar al Arrendador los defectos que haya detectado en la autocaravana o su equipamiento una vez iniciado el período de alquiler. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios en caso de los defectos indicados con posterioridad.

10. Reparaciones, vehículo de recambio

10.1 El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el Arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizaran las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis-motor, previa comunicación y aprobación, recibida por parte del Arrendador. 

10.2 Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el Arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por el Arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis-motor, salvo autorización expresa del Arrendador.

10.3 El Arrendatario podrá encargar, siempre que previamente reciba el visto bueno por escrito , por parte del Arrendador aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la funcionalidad y seguridad, durante  el período de alquiler del vehículo.. Éste último asumirá finalmente, los gastos de la reparación si se le hace entrega de los justificantes originales y de las piezas cambiadas y siempre que el Arrendatario no responda del daño según el apdo. 11.1

 Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos, las reparaciones por reventón, pinchazo o ”llantazo”, daños realizados en las llantas del vehículo.

10.4 En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el Arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al Arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.

10.5 En caso de que sin culpa alguna por parte del Arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el Arrendador, si tuviera disponibilidad para poner a disposición del Arrendatario en un plazo razonable, un vehículo de repuesto equivalente en el número de plazas o superior, quedaría excluida una rescisión del contrato.

10.6 En caso de que siendo culpable el Arrendatario, la autocaravana sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo o se deba retirar de la circulación, el Arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del Arrendatario. Si el Arrendador tuviera disponibilidad para poner a disposición del Arrendatario un vehículo de recambio, podrá cobrarle al Arrendatario los eventuales gastos derivados de ello.

11. Responsabilidad del Arrendatario, seguro a todo riesgo

11.1 Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el Arrendador eximirá al Arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de €700€, que deberá asumir el Arrendatario.

11.2 El Arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso. 

11.3 La eximente de la responsabilidad indicada en el apartado 11.1, no tendrá efecto, si el Arrendatario omite algunas de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 8.

11.4 La exención de responsabilidad de la apartado 11.1 no procederá en caso de que el Arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.  

11.5 Asimismo, el Arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos: 

  1. Si el Arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente, del el país donde esté circulando.
  2. Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
  3. Si el Arrendatario huye en caso de accidente.
  4. Si el Arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 8, no avisa a la policía en caso de accidente, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el alcance de éste último. 
  5. Si el Arrendatario infringe otras obligaciones del apdo. 8, excepto en el caso de que esta infracción no haya influido en la comprobación de los motivos del daño ni en el   alcance de éste último.
  6. Si los daños se deben a un uso prohibido en el apdo. 7.1.
  7. Si los daños se deben a una infracción de la obligación establecida en la claúsula 7.2.
  8. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado el vehículo
  9. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, anchura y longitud).
  10. Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.

11.6 El Arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a éste último.

11.7 En caso de haber más Arrendatarios, éstos responderán en calidad de deudores solidarios.

12. Responsabilidad del Arrendador, prescripción

12.1 El Arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.

12.2 Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al Arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución por parte del Arrendador al Arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.

12.3 El Arrendatario, puede disponer, durante la duración del alquiler de la autocaravana, de un estacionamiento dispuesto por el Arrendador, para su vehículo privado. Aunque este servicio, el Arrendador, lo hace de forma gratuita, este declina cualquier responsabilidad, en caso de robo, perdida o degradación del vehículo, excepto en aquel caso de fallo, en el que se le reconozca, totalmente responsable.

12.4 El Arrendador responderá de forma ilimitada en caso de dolo y negligencia grave. Si se trata de una negligencia leve, el Arrendador sólo responderá de forma limitada a los daños previsibles establecidos en el contrato, en la medida que se infrinja una obligación cuyo cumplimiento sea de especial importancia para alcanzar el objeto del contrato. Esta medida de responsabilidad también será válida en los casos en que surjan obstáculos para la prestación de servicios al formalizar el contrato.

13. Seguridad

13.1 En el caso que viajen menores, su control, ubicación en la autocaravana en los desplazamientos  y en las pernoctaciones, se deberán realizar bajo estrictos criterios de seguridad y confortabilidad. En el caso de no cumplir con este punto, la responsabilidad será del Arrendatario. 

13.2 El Arrendatario se asegurará que mientras los pasajeros estén dentro del vehículo, haya ventilación desde el exterior, con el fin de evitar deshidrataciones o ausencias de oxígeno. En el caso de no cumplir con este punto, la responsabilidad será del Arrendatario. 

13.3 El Arrendatario se asegurará en todo momento de verificar que los hornillos de gas, cuando se encuentran fuera de uso,  se mantengan cerrados, al igual que las llaves generales de gas. En el caso de no cumplir con este punto, la responsabilidad será del Arrendatario. 

13.4 Los pasajeros deberán viajar en todo momento sentados, con los cinturones de seguridad abrochados correctamente. 

13.5 El Arrendatario es responsable de la seguridad del vehículo y de los pasajeros, por lo tanto debe tomar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad de los pasajeros y del vehículo. 

13.6 El Arrendador recomienda que el vehículo siempre esté en lugares seguros, como ser Campings con seguridad que tengan buena reputación o áreas vigiladas. Igualmente en estos Campings es preciso que el Arrendador tome las medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes, robos, hurtos y otros tipos de incidentes.

13.7 Límite de velocidad: No sobrepasar los limites establecidos por la normativa vigente del lugar de transito, ya sea en autovías,  autopistas o carreteras comarcales o convencionales y tener en cuenta, que en España, los limites máximos establecidos para autopistas y autovías, es de 120km/h y de 90km/h para carreteras comarcales.

13.8. Aguas limpias. El agua del depósito de aguas limpias puede ser “no potable”. Se deberá extremar la atención a la hora de rellenarlo, para evitar problemas contra la salud. Se deberá prestar especial atención a la hora de rellenarlo.

13.9 Procedimiento de Reclamaciones: Cualquier proceso de reclamación, será remitido por el Arrendatario al Arrendador por carta certificada, con acuse de recibo, a la dirección de este último y que figura en el contrato. Esta demanda, será atendida, a la mayor brevedad posible.

14.  Jurisdicción

En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea la de los Tribunales de Azpeitia.

 



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  • 616 341 770 (Itziar)
  • 647 318 486 (Iñigo)
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